APORTES
APORTES PARAFISCALES

Toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores vinculados mediante Contrato de trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de su Nómina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
INQUIETUDES PRINCIPALES
¿Cuáles son los factores liquidación de aportes?
Sector privado:
- Salarios.
- Sobresueldos, Jornales.
- Salario en especie.
- Recargo por trabajo extra o suplementario.
- Recargo por trabajo en días de descanso obligatorio.
- Salario integral (70%), excluye el factor prestacional.
- Comisiones o porcentajes sobre ventas de personal vinculado laboralmente.
- Pagos por unidad de tiempo, por obra o tarea.
- Remuneración por trabajo a domicilio.
- Remuneración a socios industriales pactadas como salario.
- Viáticos permanentes en lo relativo a manutención y alojamiento.
- Vacaciones.
- Remuneración por contratos agrícolas.
- Bonificaciones auxilios o primas extralegales de carácter habitual. Excepto que se hayan pactado por escrito como no constitutivas de salario.
Sector oficial:
- Asignación básica.
- Salario en especie (Alimentación, Vestido y Alojamiento).
- Recargo por trabajo extra o suplementario.
- Recargo por trabajo en días de descaso obligatorio.
- Incremento por antigüedad.
- Gastos de representación.
- Prima técnica.
- Auxilio de alimentación.
- Prima de servicios.
- Bonificación por servicios prestados.
- Viáticos percibidos por funcionarios en Comisión (Alojamiento y Manutención).
- Vacaciones disfrutadas por servicios públicos.
- Auxilio de trasportes para empleados oficiales.
- Bonificaciones, auxilios o primas extralegales de carácter habitual. Excepto las pactadas por escrito como no constitutivas de salario.
¿Cuánto se aporta?
El 9% de la totalidad de la nomina, cuya destinación es la siguiente:
Sector privado:
- 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
- 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF.
- 4% Con destino al Subsidio Familiar.
Sector Oficial:
- 0.5% para el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
- 0.5% para la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
- 1% para Institutos Técnicos.
- 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF.
- 4% con destino al Subsidio Familiar.

Recuerde que COMFABOY le brinda la asesoría necesaria para la optimización del proceso de pago de aportes por Planilla Única, ya que el decreto 1670 de 2007 reglamentó la Obligatoriedad gradual de utilizar la Planilla única, según el número de trabajadores.
DECRETO 1670 DEL 14 DE MAYO DE 2007
CUADRO DE FECHAS DE PAGO DE APORTES




